Revista Farmespaña Industrial Especial Ingeniería Farmacéutica 2026

La nueva Directiva Europea de Eficiencia Energética y su transposición en España: qué cambia y cómo prepararse La eficiencia energética ha pasado de ser una ‘buena práctica’ a convertirse en una palanca regulatoria y competitiva. En un contexto de volatilidad de precios, presión sobre la seguridad de suministro y objetivos climáticos más exigentes, la Unión Europea ha reforzado el marco normativo con la Directiva (UE) 2023/1791 (refundición de la Directiva de Eficiencia Energética, EED). El texto consolida el principio de ‘primero, la eficiencia energética’ como criterio con valor jurídico y eleva la ambición de ahorro para todos los sectores: industria, servicios, edificios y sector público. RAÚL CABRERO GEN0 P ara España, el cambio llega en un momento de transi- ción: el marco cono- cido por muchas organiza- ciones —con el Real Decreto 56/2016 como referencia para auditorías— debe evolucio- nar hacia obligaciones más basadas en el consumo real que en el tamaño empresa- rial. Mientras se completa la transposición, conviene entender qué es estructural en la Directiva, qué plazos se aproximan y qué acciones tie- nen sentido iniciar ya. 1. Qué pretende la EED refundida: eficiencia como ‘primer combustible’ La Directiva se integra en el paquete climático europeo y busca reducir el consumo energético de la UE para 2030. Más allá del detalle jurí- dico, su mensaje es práctico: antes de inver- tir en más capacidad de generación, redes o combustibles, hay que agotar el potencial rentable de ahorro. Esto se traduce en polí- ticas públicas, incentivos y, sobre todo, en exigencias crecientes de gestión, medición y resultados. La EED incluye medidas transversales (obli- gación de ahorro anual, liderazgo del sector público, calefacción y refrigeración urba- nas, formación y cualificación), pero para la empresa destacan dos vectores: auditorías energéticas más robustas y la implantación de sistemas de gestión de la energía (SGE) en organizaciones con consumos elevados. 2. El gran cambio empresarial: del ‘tamaño’ al ‘consumo’ La novedad más relevante es el criterio de obligación: el consumo medio anual (cal- culado sobre los tres últimos años) pasa a ser determinante. En términos orientati- vos, la Directiva sitúa un primer umbral en 10 TJ (≈2,78 GWh) y un segundo umbral en 85 TJ (≈23,6 GWh). Por en- cima del primer umbral, la organización debe asegurar auditorías pe- riódicas o un SGE; por encima del segundo, se refuerza la obligación de implantar un SGE certi- ficado (por ejemplo, ISO 50001) por un organismo independiente. Este enfoque puede ampliar el número de entidades afectadas: al- gunas pymes industriales o grandes instalaciones terciarias pueden superar umbrales de consumo aun sin encajar en la de- finición clásica de ‘gran empresa’. La ventaja del criterio por consumo es que alinea la obligación con el impacto real: quien más consume, más debe gestionar y demos- trar mejora. 3. Plazos clave: transposición y cumplimiento operativo La Directiva (UE) 2023/1791 entró en vigor en octubre de 2023 y establece un plazo de transposición general que culminó el 11 de MEDIO AMBIENTE 66 FARMESPAÑA INDUSTRIAL · ESPECIAL INGENIERÍA FARMACÉUTICA 26

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